lunes, 25 de octubre de 2010

APORTACIÓN: EN TORNO A LAS ARMAS DE LA INFANTA DOÑA LEONOR. I

EL SISTEMA DE BRISURAS PARA LA CASA REAL AL HILO DE UNA PROPUESTA PARA LA HEREDERA DEL HEREDERO
Por don Alfonso Herrera Sánchez
En primer lugar se debe comenzar recordando el absoluto vacío existente a día de hoy a nivel oficial en todo lo relativo a las variantes de las armas reales destinadas a los miembros de la Familia Real. Únicamente se encuentra reguladas legalmente las armas reales y una variante de éstas, asignada al Heredero de la Corona. Esta situación se viene manteniendo a pesar de los reiterados intentos de especialistas por subsanarla, elevando propuestas a la Casa Real que hasta la fecha no han sido atendidas y publicándolas en algunos manuales y tratados. Últimamente algunas de estas propuestas han tenido mucho éxito en su difusión gracias a las nuevas tecnologías aunque también son fuente de algunas controversias.
Al explicar los motivos que llevaron a la creación, en el año 2001, de las armas, guión y el estandarte propios para el Heredero de la Corona Española, Manuel Rodríguez de Maribona recordó que era necesario que éste contase con unas armas e insignias diferenciadas ya que las reales son las propias del Monarca. Por esta misma razón, también los Infantes deberían contar con las suyas propias, decisión que ha sido obviada hasta la fecha.
Con anterioridad a la creación de los emblemas propios del Heredero, don Juan Carlos, como Príncipe de España había utilizado un escudo, precedente de la las armas reales vigentes, en el que figuró en el timbre una corona de príncipe en vez de la real y en que se mantuvo la costumbre peninsular (con la excepción portuguesa) de no introducir diferencias en las armas del Heredero salvo en los adornos exteriores. Esta costumbre, tradicional en las Coronas de Castilla y Aragón, fue suprimida por la Casa de Austria (que recurrió al lambel de tres pendientes como diferencia propia del Heredero) pero fue recuperada por la Dinastía Borbónica. En los primeros años del reinado de don Juan Carlos se mantuvo de facto este escudo como propio del Heredero, aunque su uso se limitó prácticamente al sillón de terciopelo rojo ocupado por el Príncipe de Asturias en actos oficiales. Esta circunstancia se produjo al dejar de usarse el estandarte y guión utilizados por don Juan Carlos como Príncipe de España cuando accedió al trono. Entre las razones que explicarían esta decisión, es lógico pensar en la corta edad del Heredero en aquel entonces.
A mi juicio a la hora de establecer una propuesta relativa a los escudos de armas destinados a los Infantes que pueda resultar satisfactoria, es necesario determinar antes unas pautas generales, un sistema de diferencias general que sea aceptado, si no de forma oficial, sí al menos por un considerable número de expertos y voces autorizadas en la materia. En un segundo momento se podría ir estableciendo en cada caso las diferencias concretas para cada miembro de la Familia Real, siguiendo las pautas generales del sistema propuesto.
No se abordará en esta reflexión la idoneidad o no de la diferencia introducida en las armas del Príncipe de Asturias, consistente en un lambel de Azur de tres pies, puesto que su presencia en sus armas es ya una realidad. Personalmente considero que debe tenerse en cuenta su presencia si se desea que en el posible proceso de adopción de armas destinadas a los Infantes se obtengan unos buenos resultados.
ANTECEDENTES
En relación con los antecedentes que nos permiten contar con un marco de referencia inicial, hay que destacar como idea básica que no ha existido en ninguno de los reinados de los Monarcas Españoles un sistema preciso que facilitara instrucciones generales para brisar las armas de los Infantes como sucede actualmente en el Reino Unido con su Familia Real o existía en el antiguo Reino de Francia.

Rodríguez de Maribona también ha señalado (poniendo como ejemplo la descendencia de San Fernando) que en Castilla los Infantes diferenciaban sus armas introduciendo muebles y piezas que sustituían a alguno de los utilizados en las armas reales. Aunque con la introducción de estas diferencias, como ha apuntado este autor, no se producía un alejamiento excesivo de las armas originales, ya que se mantenían los esmaltes y alguno de los muebles del cuartelado, las composiciones resultantes sí que presentaban sensibles variaciones si se las comparaba con las armas del Rey de Castilla. Una circunstancia parecida sucedía en la Casa Real Aragonesa, como podemos observar en los escudos de cinco descendientes de monarcas aragoneses reproducidos en el folio número 62r del Armorial de Gelre, que fue elaborado en el siglo XIV.
Durante el periodo en que reinó la Casa de Austria, destacó la heráldica de don Fernando de Austria, el Cardenal-Infante hijo del rey Felipe III. Este Infante utilizó las armas reales diferenciadas con un lambel de Argén de tres pendientes cargado con los muebles principales de los blasones de Flandes y del Tirol, y con las armas de Hungría.
Conviene recordar que, dada la condición de hijos naturales de Don Juan y Don Juan José de Austria, es aconsejable no utilizar sus escudos personales como referencia.
En lo relativo a la Casa de Borbón, el ejemplo más destacado fueron las amas de otro Infante y Cardenal, Luis de Borbón y Farnesio, hijo de Carlos III. Curiosamente, como ha recordado Menéndez-Pidal en su obra sobre el escudo de España, durante el periodo en que este Infante fue eclesiástico, utilizó como diferencia un lambel de argén sin ningún mueble, con los adornos exteriores propios de un cardenal pero sin la corona asociada a su título. Cuando Don Luis abandonó su condición eclesiástica para contraer un matrimonio morganático, comenzó a utilizar las armas reales plenas, sin más diferencia que la corona real abierta en los adornos exteriores, corona que en aquel momento ya se atribuía a los Infantes. Lo más importante es que la nueva dinastía tampoco desarrolló un sistema de brisuras para los Infantes, abandonando además el lambel como diferencia del Heredero que había sido introducido por la Casa de Austria. Se otorgó únicamente importancia a las diferencias situadas en los adornos exteriores, concretamente en el timbre.

Durante el reinado de Alfonso XII se finalizó la construcción del actual Panteón de Infantes, recinto en el que las tumbas de los Infantes se encuentran decoradas con los escudos de armas asociados a cada uno de ellos. Este conjunto se ajusta a un sistema homogéneo de brisuras que, como de nuevo recuerda Rodríguez de Maribona, fue creado en aquel momento. Yo añadiría que si se observan las tumbas de los últimos Infantes enterrados allí, se puede comprobar con facilidad que este elaborado sistema tampoco se mantuvo mucho tiempo. Los últimos enterramientos, algunos de ellos anteriores a 1931, aparecen decorados con el cuartelado adoptado en 1869 como escudo nacional (Castilla, León, Navarra y Aragón). A este cuartelado se le añadió el escusón dinástico desde 1874. En el caso de estos últimos Infantes enterrados en el Escorial no ha sido introducida brisura alguna en los escudos que se les atribuyen salvo en el timbre.

SISTEMA DE BRISURAS PARA LA CASA REAL
Justificación
A mi juicio las razones que justifican la adopción oficial de escudos de armas para los Infantes son las siguientes:
- El Heredero de la Corona cuenta ya con armas propias dado que no es conveniente que utilice los emblemas de su padre. Por idéntica razón los Infantes deberían contar con sus propias armerías. Si bien es cierto que la utilización de estas últimas sería mucho menos frecuente que en el caso de S.M. el Rey y el Príncipe de Asturias, dado que los Infantes no pueden tener asignado un guión salvo que alguno de ellos tuviese que asumir una regencia. Pero en mi opinión es necesario su uso, por ejemplo, en la correspondencia que éstos remiten de forma oficial dado que se vienen utilizando las armas de S.M. el Rey. Una vez más recordamos que esta situación resulta incomprensible a la vista de las razones esgrimidas en su momento para adoptar los emblemas propios del Heredero.
- Es necesario reproducir las armerías asignadas a cada miembro de la Familia Real en estandartes personales porque éstos deberían ser izados en los Reales Sitios durante los actos públicos presididos por alguno de ellos ya que, actualmente, el mástil destinado al estandarte real permanece vacio. Esta última propuesta sería también de aplicación en la Armada, debemos tener en cuenta que existe una instrucción del Estado Mayor Conjunto emitida el 8 de abril de 1994 (de cuya aplicación efectiva no estoy seguro) en la que se dispuso que el estandarte real en ausencia de S.M. el Rey “…lo utilicen S.M. la Reina, S.A.R. el Príncipe de Asturias y SS.AA.RR. las Infantas, bien entendido que se trata de izar en un lugar destacado el Estandarte Real, no el hecho de que un Oficial acompañe a la Persona Real con un Guión Real, cuyo uso sólo corresponde a S.M. el Rey como Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas”, una decisión poco adecuada teniendo en cuenta los argumentos expuestos y que no es de aplicación en el caso del Príncipe de Asturias desde el año 2001.
- Finalmente debemos recordar (por macabro que pueda parecer) la presencia de escudos de armas en el Panteón de Infantes del Monasterio del Escorial sobre cada uno de los espacios destinados a enterramientos, con las imprecisiones ya expuestas, y la previsible utilización de éstos en papeles de luto entregados en los funerales públicos dedicados a los miembros de la Familia Real.
ESTRUCTURA
*Lambeles
Cara a la creación sistema de brisuras para la Real Casa se debe de tener en cuenta:
- 1º La presencia del lambel de Azur (color azul) como diferencia en las armas del Heredero.
- 2º La existencia, desde 1869 de un cuartelado con las armas de Castilla, León, Corona de Aragón, Navarra, Granada (situado en la punta). Al cuartelado se le ha incorporado el escusón con las armas propias de la Dinastía.

Teniendo en cuenta el primer punto, y aunque en la práctica totalidad de los tratados sobre Heráldica se atribuye a las infantas como escudo las armas reales presentadas en un escudo en losanje, debe recordarse que éstos se elaboraron (como la célebre Ciencia Heroyca del Marqués de Avilés) bien en un periodo en el que se atribuían al Heredero de la Corona las armas reales plenas o bien en momentos en que la Casa Real se encontraba exiliada. Una excepción fue Vicente Castañeda y Alcover que defendió el uso del lambel para brisar los escudos de los Infantes al hablar de las armas reales. En todo caso, con frecuencia se recurre a obras publicadas antes del 2001, año en que se introdujo el lambel de Azur en las armas del Heredero por lo que, a mi juicio, atribuir armas sin diferencias a algunos miembros de la Familia Real generaría inconsistencias no deseables en su repertorio heráldico.
Por todo ello, actualmente no es aplicable el sistema de diferencias creado durante el reinado de Carlos II en el caso de la Familia Real. Este sistema atribuye al heredero de una casa noble las armas plenas de su titular y un lambel de argén de tres pies al segundogénito. La creación de las armas del Heredero con una diferencia no debe afectar al sistema existente, poco utilizado. Lo deseable es que se continúe defendiendo su uso en la heráldica nobiliaria, considerando como una excepción el sistema de brisuras de la Familia Real que pudiese ser adoptado en un futuro (al igual sucede en la actualidad en el Reino Unido) y no abriendo un nuevo debate cara a una posible modificación ante los cambios establecidos en las armas del Heredero en el año 2001.
En relación con el segundo punto, personalmente considero que debería rechazarse un sistema flexible de brisuras, en el que se permitiese la sustitución de muebles principales como ocurría durante la Edad Media en las Coronas de Castilla y Aragón o basado en la introducción de piezas, tales como borduras, bandas o escusones, al modo francés. De utilizar alguno de estos cambios se alterarían sustancialmente los cuarteles destinados a cada uno de los reinos medievales (Castilla, León, Aragón, Navarra y Granada), ya que dejarían de figurar en los escudos de los Infantes los elementos de algunos de estos cuarteles. Se modificaría también la disposición de este cuartelado (característico de las armas reales y nacionales) si se decidiera introducir las diferencias en nuevas divisiones o incluso si se añadieran piezas tales como una bordura u orla. Además conviene recordar que en el cuartelado de la Corona de Castilla figuraban las armas de Castilla y de León y en las armas de Aragón cuatro palos de Gules en un campo de Oro por lo que la composición en ambos casos era menos compleja que en la actualidad. También hay que recordar que tanto en Castilla como en Aragón nunca existió un sistema rígido para la introducción de piezas heráldicas como en el desaparecido Reino de Francia, por lo que resultaría muy complicado consensuar las piezas, muebles y criterios empleados diferenciar las armerías de los Infantes.
Tampoco sería deseable introducir los muebles utilizados como brisuras como está establecido para las casas nobles en muchas partes de Europa ya que suelen introducirse recurriendo a un Cantón o un Franco-Cuartel que cubre la mayor parte de la superficie del primer cuartel (en el caso que estamos abordando quedaría cubierto el mueble principal de las armas de Castilla). Esta fue la solución utilizada en el Panteón de Infantes para presentar el sistema de brisuras asignado a los Infantes.
También existe la costumbre, menos cuidada, de situar brisuras sobre los dos cuarteles superiores, en la zona del jefe, en mi opinión esta solución sería más deseable que la anterior porque apenas alteraría la composición de las armas españolas, sin embargo las brisuras resultan poco visibles y, como ya he dicho, aunque correcta, resulta poco cuidada desde el punto de vista del diseño. Por todas estas razones, a mi juicio, la solución, más acertada consistiría en diferenciar, como ha defendido Castañeda Alcover, las armas reales con lambeles cargados de muebles o piezas, la costumbre mantenida por la Familia Real Británica. En el caso de España, contamos además como antecedente con las armas del Cardenal-Infante, don Fernando de Austria.
**Lambeles: Número de pies
Dado que en la actualidad, en España son Infantes únicamente los hijos del Rey y del Príncipe de Asturias, no es necesario desarrollar un sistema tan complejo como el británico. En este sentido es deseable que los lambeles contaran, como norma general, con tres pies como sucede con el Heredero. De esta forma sería en principio innecesario recurrir a lambeles de cinco o siete pies, aunque esta solución, empleada para diferenciar las armerías de los hijos y de los nietos del Monarca, tampoco puede llegar a considerarse incorrecta ni descartarse del todo. En el Reino Unido se vienen utilizando lambeles con diferente número de pies, pero debe recordarse que allí son Príncipes los descendientes del Monarca y de todos sus hijos varones, por lo que la utilización de lambeles diferentes cada grado de parentesco (tres para los hijos del monarca y cinco para los nietos) resulta necesaria. Como dato señalaremos que actualmente algunos nietos del rey Jorge V, fallecido en 1936, continúan siendo Príncipes Británicos, junto a todos los hijos y la mayoría de los nietos de Isabel II.
En España, sería suficiente identificar el grado de parentesco con el Monarca a través del número de muebles presentes en el lambel, uno para los Infantes que en EL MOMENTO DE LA CONCESIÓN DE LAS ARMAS fuesen hijos del Monarca y tres muebles para los hijos del Príncipe de Asturias, nietos del Rey. En el Reino Unido el criterio para asignar uno u otro lambel se aplica en el momento de la concesión de armas (actualmente cuando los príncipes alcanzan su mayoría de edad). A modo de curiosidad, indicaremos que en el caso de España al aplicar la pauta propuesta a las hermanas del Rey, las Infantas Pilar y Margarita, verían cargados sus lambeles de sus escudos con tres piezas aunque, curiosamente, si se utilizara el momento del nacimiento para aplicar el criterio, también contarían con idéntico número ya que ambas nacieron antes de que Alfonso XIII renunciara a sus derechos dinásticos y a la jefatura de la Casa Real Española, en enero de 1941. Siguiendo con la pauta propuesta parece en principio claro que, las dos Infantas que son hijas de S.M. el Rey, deberían cargar los lambeles con una única pieza, aunque ambas nacieron antes de que su padre accediese al trono. Como puede verse, para asignar unas diferencias resulta más sencillo y práctico aplicar el criterio en función del grado de parentesco en el momento de la concesión de armas y no tener en cuenta la situación existente en el momento del nacimiento del Infante en cuestión.
En España se puede acceder la condición de Infante de Gracia, es decir por nombramiento mediante un Real Decreto. Sí que podría articularse, a modo de excepción, la utilización de lambeles de cinco piezas cargados de tres o de cinco piezas para estos casos. En mi opinión el lambel de cinco pies cargado con tres piezas podría asignarse a los nietos de un Monarca que fueran nombrados Infantes de Gracia y el lambel de cinco pies con todos ellos cargados para los bisnietos. Pero en el caso de que las armas que ha venido utilizando esta persona contaran con una notable relevancia (como ocurriría con el actual Duque de Calabria como pretendiente al trono y jefe de la Casa Real de las Dos-Sicilias) lo correcto es dar preferencia a éstas últimas frente a las armas reales españolas diferenciadas con un lambel (en el caso del actual Duque de Calabria le correspondería el que se asignase a un bisnieto). En los escudos que estas personas utilizaran como Infantes, debería introducirse en el timbre la corona propia de este título y rodear el escudo con la insignia de la orden española de mayor rango que hubiese recibido. Lógicamente, en el supuesto de que el agraciado con el título de Infante no fuera descendiente de algún Monarca, debería mantener forzosamente las armas que utilizara o adoptar unas propias en el caso de no disponer de ellas.
**Lambeles: Muebles y piezas
En lo relativo a los muebles (también pueden utilizarse piezas) que se introducirían en el lambel para diferenciar las armas un Infante, lo realmente necesario, es evitar que éstos se repitieran en el escudo usado por otro miembro vivo de la Familia Real, por lo que este requisito es único que realmente debe tenerse en cuenta en caso de introducir como brisuras lambeles cargados de muebles. Dada la falta de antecedentes en España, señalaremos, a modo de ejemplo, que los diferentes Duques de York han utilizado un ancla de Azur como diferencia. En mi opinión sería deseable contar con alguna pauta más que dotara al sistema de cierta organización.
En el caso del Reino Unido se utilizan un número determinado de muebles y piezas: La Cruz de San Jorge, el Cardo Escocés, el Trébol Irlandés, un león pasante de Gules, un ancla de Azur, un corazón de Gules, la Rosa Inglesa o de los Tudor y el armiño heráldico. Cada príncipe, salvo el heredero, que como en España utiliza un lambel no cargado, incluye en su lambel alguno de estos muebles. Si sus hijos también son príncipes, cargan los pies vacios del lambel de su progenitor con algunos de estos muebles añadiendo nuevos pies si el lambel originario fuese de tres). Los muebles deben ser diferentes entre hermanos o, al menos, deben encontrarse colocados en orden diferente si son compartidas. Sin embargo, recientemente tanto los hijos del Príncipe de Gales como la hija primogénita del Duque de York han adoptado como diferencia el mueble principal de las armas de sus respectivas familias maternas.
Como actualmente la condición de Infante no es transmisible entre los descendientes de éstos, no resultaría necesario desarrollar un sistema tan rígido como el británico (que además actualmente se está abandonando como podemos ver). Podría ser buena solución cargar los lambeles con el mueble o pieza heráldica principal de las armas relacionadas con el título concedido al Infante en cuestión. Esta solución aparece en los escudos atribuidos a las actuales infantas de España más difundidos. Cargar los lambeles con estas piezas, no vulneraría el componente personal de deben poseer las armas de los Infantes, ya que no se incluirían todos los componentes de otros escudos (como el esmalte del campo). Rodríguez de Maribona y Ceballos-Escalera, utilizaron este argumento para recordar que no se podía incluir el escudo asturiano en alguno de los cuarteles las armas del Heredero como algunos deseaban. La Cruz de la Victoria tampoco pudo figurar en el lambel ya que es impropio de los Herederos cargar éste con algún mueble. Este argumento se une a los anteriormente expuestos a la hora de defender el uso del lambel cargado como brisura para evitar modificaciones excesivas en las armas españolas. Emplear muebles vinculados con el título de la Corona en posesión del Infante es el criterio que, a mi juicio, puede ser fácilmente consensuado y permitiría identificar con facilidad las armerías asociadas a cada Infante, algo siempre deseable para la heráldica. No es extraño que sea el criterio empleado en los escudos atribuidos a las Infantas actuales ya que, cualquier otra elección hubiera sido considerada completamente arbitraria.
En el caso de que algún Infante adoptase armas antes de recibir un título de la Corona, se podría optar por incorporar la flor de lis, el emblema por excelencia de la casa reinante, y/o muebles procedentes de las armas maternas (estos muebles tendrían que ser sustituidos en el momento en que el Infante recibiera un título). Esta solución, adoptada del Reino Unido como hemos visto, resulta tan acertada como sencilla de recordar. Ofrece la ventaja añadida de ser más fácilmente aceptable entre expertos que elaborar una lista cerrada de muebles seleccionados para estos casos. Esta pauta sido introducida en los escudos propuestos para las Infantas Leonor y Sofía propuestos en Escudos de Montalbán, un recurso web dedicado a la heráldica española. Otra opción consistiría en trasladar los muebles pertenecientes al sistema creado durante el reinado de Carlos II pero habría que establecer dos ajustes de difícil acuerdo:
- Seleccionar el mueble asignado al Infante primogénito (ya que en este sistema el primogénito usa armas plenas).
- Establecer el mueble que sustituiría al lambel, ya que este mueble es el único que no puede ser sobrecargado con él mismo.
**Lambeles: Esmalte
Cuestión de más difícil acuerdo es la relativa al esmalte que debe utilizarse en los lambeles que permitan que cada Infante cuente con un escudo personal. El Heredero de la Corona utiliza un lambel de Azur, azul heráldico. Como ya indicó Rodríguez de Maribona en el artículo en el que abordó la cuestión de la heráldica del Heredero, este esmalte no tiene nada que ver con el campo del escudo ni con el color de la bandera de Asturias. Fue junto con la Plata o Argén el esmalte empleado en los lambeles de los herederos de la Casa de Austria. Por esta razón, aunque de forma general se atribuyen a las infantas lambeles de argén, no puede descartarse a priori la extensión de este esmalte a todos los escudos de Infantes por nacimiento. Sin embargo la utilización de la Plata o Argén, ofrece dos ventajas sobre el Azur:
- Hace más visibles los muebles que cargan el lambel.
- Permitiría diferenciar los escudos de los infantes que son hijos del Heredero de los que lo son del Monarca ya que sus lambeles, al tratarse de descendientes suyos, deberían contar obligatoriamente con el Azur como esmalte ya que resulta necesario para identificar su línea.
Contar con lambeles de Azur únicamente en el caso de los descendientes del Heredero obligaría a modificar el esmalte del lambel en los escudos de éstos cuando el Príncipe de Asturias accediese al trono. Sin embargo, no se haría lo mismo con el número de muebles, que deberían continuar siendo tres.

*Forma del escudo
La forma que deben poseer los escudos utilizados por los Infantes, no ofrece dudas:
- Escudo español para los Infantes varones.
- Escudo en losanje para las Infantas, en ningún caso dentro del repertorio de la Familia Real Española, deberían partirse con las de los esposos. Cuestión diferente sería si se convirtiesen en consortes en otros países ya que se aplicarían los usos allí vigentes.
*Adornos exteriores
Uno de los elementos del que no puede dudarse es el timbre, los Infantes deben utilizar una corona real abierta, sin diademas y forrada de Gules, que es la asociada a este título.
Cuestión más problemática son los adornos que rodean el escudo:
Collares, bandas y encomiendas de órdenes: El monarca español es Soberano-Gran Maestre de la Orden del Toisón de Oro y el Heredero suele ser caballero de la misma (salvo sus primeros años de vida) por lo que la cuestión de insignia de la orden que debe figurar en sus escudos es sencilla, siempre figurará el collar del Toisón de Oro. Puede que se diera la posibilidad de que un Infante se convirtiese en Heredero antes de ser nombrado caballero de esta orden, en principio, dado que previsiblemente se convertirá en el sucesor, en poco tiempo terminará recibiendo las insignias de esta orden por lo que no resultaría necesario retirar de sus armas el collar de la Orden. Este cambio implicaría además una reforma legal ya que, al igual que las armas reales, el escudo del Príncipe de Asturias se encuentra regulado por un reglamento.
Sin embargo el resto de miembros de la Familia Real no tienen asegurado el Toisón, circunstancia que obliga a tener en cuenta la preferencia otorgada a las órdenes españolas ya que, siguiendo el esquema de las actuales armas reales y del Heredero, lo adecuado es que únicamente figure la insignia de la orden mayor rango. A grandes rasgos, el orden de preferencia de las insignias que deben aparecer representas en los escudos es el siguiente:
- Collar del Toisón de Oro
- Collar de la Orden de Carlos III, (en su defecto) Banda.
- Collar de la Orden de Isabel la Católica, (en su defecto) Banda.
- Restantes Órdenes españolas (se encuentra establecido su orden de preferencia).
De esta forma, a diferencia de lo que sucede con las armas reales y del Príncipe de Asturias, en el caso de los escudos de los restantes miembros de la Familia Real debe estar previsto que éstos puedan ser objeto de modificaciones en el caso de que su titular reciba una Orden de mayor rango.
Dado que en el caso del Heredero no figura más adorno que el timbre y el collar de la Orden del Toisón de Oro, es deseable mantener este esquema para los restantes miembros de la Familia Real, a pesar de que los Grandes de España continúen utilizando de forma generalizada otros adornos como el manto.
Tradicionalmente las Infantas, han venido adornando sus escudos con ramas de mirto, palma y con el cordón asociado a las viudas. Ceballos-Escalera, al elaborar un escudo para la actual Princesa de Asturias, mantuvo el esquema de las armas del Heredero, introduciendo como adornos una corona principesca y la banda de la Gran Cruz de la Orden de Carlos III que le fue concedida a la Princesa el mismo día de su boda. Aunque este autor manifestó que era posible ir introduciendo los ramos mencionados en un futuro, dado que actualmente en la versión oficial de las armas reales ya no figuran ni el manto ni los tenantes con forma de ángel, ni tampoco otro adorno que el timbre y el collar del Toisón en las del Heredero, sería conveniente adaptarse a los usos y pautas vigentes que se han mencionado, no incorporando en los escudos de las Infantas ni de las Consortes Reales nada más que la corona y la banda o collar de la Orden de mayor rango en su poder. De esta forma caerían en desuso los tradicionales ramos y el cordón para las viudas porque no resultaría adecuado que las consortes contaran con escudos más ornamentados que los titulares ni las Infantas respecto al Heredero o los Infantes varones.
Siguiendo con la argumentación facilitada por Ceballos-Escalera, cuando la Academia Asturiana de Heráldica regaló un escudo a la Princesa de Asturias, las Consortes Reales deberían partir sus armas familiares con las de sus consortes en un escudo ovalado. Este último detalle actualmente es puesto en cuestión por algunos expertos como José Juan Carrión Rangel que defienden que se extienda también el uso del escudo español también en las armerías de las consortes como ha sucedido en el Reino Unido, en donde las consorte reales utilizan escudos con la misma forma que los de sus esposos. En el caso de los consortes varones, tradicionalmente han venido utilizando sus armas propias, salvo que se convirtiesen en monarcas conjuntos. En el caso de que, en el ámbito de la Familia Real éstos utilizaran de forma oficial escudos, sería recomendable que no se representaran más ornamentos que la corona asociada al título de la Corona que ostentasen en su condición de consortes y la insignia de la orden española de mayor rango que ostentaran (si contaran con alguna). De esta forma se seguirían también las pautas mantenidas por la Casa Real, aunque como Grandes de España pudiesen teóricamente incluir en los adornos exteriores de sus escudos el tradicional manto.
En relación con una posible adopción de variantes del estandarte real destinadas a los Infantes, éstas serían del mismo color pero deberían incorporar los escudos de cada Infante. Al igual que ocurrió entre 1893 y 1931 podrían diferenciarse en la distancia del estandarte de S.M. el Rey manteniendo las mismas dimensiones que éste pero terminando en dos puntas.
En el caso de los Infantes hijos del Príncipe de Asturias, lo más adecuado sería que se sustituyera el color del estandarte real por el utilizado por su padre, mientras éste continuara siendo el Heredero.

ARMAS PARA LA HEREDERA DEL HEREDERO
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, en mi opinión, se le podría atribuir a la Infanta Leonor sería un escudo en Losanje, cuartelado con las armas de Castilla, León, Aragón, Navarra, Granada entado en punta, con el escusón de la Dinastía Reinante sobre el todo y, como diferencia, un lambel de Azur de tres pies cargado de tres muebles. En el Reino Unido, el Heredero del Príncipe de Gales carga su lambel con un único mueble, pero esta costumbre es una excepción adoptada hace pocos años por lo que en este caso recomendaría mantener el número en tres.
En el timbre figuraría una corona de Infantes.
En el recurso web Escudos de Montalbán, ya mencionado, cargan el lambel con tres flores de lis, solución que considero de nuevo muy acertada. Sin embargo creo que en esta web se ha incurrido en el error de rodear el escudo de la Infanta con el Collar del Toisón de Oro, cuando ésta no lo ha recibido (al igual que sucede con su hermana con la banda de la Orden de Carlos III). En mi opinión, no podemos aplicar aquí lo expuesto para las armas el Príncipe de Asturias porque, aunque previsiblemente la Infanta reciba en un futuro como Heredera el Toisón, al ser todavía de una Infanta y no la Princesa, este nombramiento no tendrá nunca un carácter tan inmediato y seguro como necesariamente ocurre con el Heredero. Podría darse el caso que transcurrieran muchos años hasta que la Infanta pudiese lucir el collar de la orden o incluso, no llegar a recibirlo mientras fuese Infanta. También algunas Casas Nobles como la Casa de Alba o los Medinaceli, han mantenido en sus escudos el collar del Toisón por costumbre, aunque sus titulares actuales ya no lo han recibido. Esta práctica tampoco sería aplicable a un escudo de una Infanta debido a su componente, marcadamente personal y a que se trata de un escudo de nueva creación. Tampoco sería adecuado, para suplir la ausencia de una banda o collar introducir antiguos ornamentos retirados para mantenerse ajustado a los usos actuales de la Casa Real.
Cuando la Infanta se convierta en Princesa de Asturias, deberá utilizar el mismo escudo de su padre, al igual que la actual Reina de Gran Bretaña utiliza las armas reales de aquel país sin las características propias del escudo de una dama porque se trata de una Reina Propietaria. Esta circunstancia también se repetiría en España en el momento en el que una mujer accediese al trono (al igual que ha sucedido en el pasado con dos Reinas que con el mismo nombre que la actual Monarca del Reino Unido).

Finalmente expondré una opinión completamente personal, basada en elementos puramente subjetivos ajenos a la heráldica. Considero como la mejor opción no conceder armas a los Infantes de España hasta llegar a su mayoría de edad como sucede en el Reino Unido. Las ocasiones en que podrán ser mostradas, dada su corta edad, serían escasas. También en Dinamarca se produce una situación parecida, aunque los Príncipes Daneses también cuentan con variantes propias, por el momento ni los hijos del Heredero ni los del Príncipe Joaquín han adoptado armas por el momento.
BIBLIOGRAFÍA
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